Una vez matriculado/a en el Programa, se configurará para cada doctorando/a su documento de actividades personalizado a efectos del registro individualizado de control. En este Documento de Actividades del Doctorando (DAD) se registrarán todas las actividades de interés para su desarrollo en el contexto del Programa de Doctorado, según lo establezca el tutor/a o director/a y de acuerdo con las instrucciones que formule la Comisión Académica. Las características, el formato y soporte, así como la custodia de este documento se ajustarán a las indicaciones que establezca la Comisión de Postgrado y Doctorado de la URV y la Comisión Académica del Programa.
El DAD será regularmente revisado por el tutor y/o director de tesis, responsable de autorizar y verificar las actividades registradas por el doctorando, así como de elaborar los correspondientes informes de seguimiento (con una periodicidad mínima anual) sobre el grado de aprovechamiento y trabajo del doctorando. Su realización es obligatoria para poder continuar con los estudios de doctorado, puesto que es el sistema empleado anualmente para valorar el grado de aprovechamiento de la formación doctoral.
Por su parte, el Plan de Investigación es un documento dentro de la plataforma SAD (Seguimiento de Actividades del Doctorando), realizado por el doctorando con el soporte del tutor y/o el director de la tesis, donde se planifica la investigación a lo largo del período doctoral. En este documento deberán especificarse los objetivos, las herramientas y metodología utilizadas, una planificación del desarrollo de la tesis y los medios adicionales para la investigación. Este documento debe realizarse durante el primer año de doctorado, si bien podrá ser modificado en función del desarrollo de la tesis con el fin de incorporar cambios sustanciales, novedades, incidencias y resultados obtenidos.
Anualmente, la Comisión Académica del Programa evaluará el Plan de Investigación y el DAD juntamente con los informes que emita du director. La evaluación positiva será un requisito indispensable para asegurar la continuidad del doctorando en el Programa. En el caso de que la evaluación sea negativa, debidamente motivada, el doctorando deberá ser nuevamente evaluado en el plazo de seis meses, elaborando un nuevo Plan de Investigación. En el supuesto de que se produzca una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva del Programa.
La Escuela de Postgrado y Doctorado establecerá los mecanismos de evaluación y seguimiento indicados anteriormente, así como la realización de la tesis en el tiempo estipulado. También definirá los procedimientos previstos en los casos de conflicto y todos aquellos aspectos relativos al ámbito de la propiedad intelectual.
Para una mayor información sobre el funcionamiento de la plataforma SAD, consultad Tutorial SAD